Algunas reflexiones sobre la nueva Directiva de Eficiencia Energética, DEE año 2023, que presenta entre otras novedades un cambio importante para las empresas y otros organismos afectados.

Hasta ahora los obligados a realizar auditorías energéticas y otros sistemas de gestión eran empresas que excedieran de un determinado número de empleados, unas condiciones de negocio y balance económico, también los electrointensivos y determinados segmentos del sector público y edificios.

A partir de la transposición de la DEE a la normativa nacional el criterio será un promedio del consumo energético final en los 3 últimos años. Se consideran los siguientes niveles:

  1. Las empresas cuyo promedio de consumo sea superior a 85TJ (23.600 MWh) deben implementar un sistema de gestión energética, o bien un sistema de gestión ambiental que incluya una auditoría energética.
  2. Las empresas con un consumo superior a 10TJ (2.780 MWh) deben realizar una auditoría energética y definir un plan de acción para implementar las recomendaciones de la auditoría.
  3. ¿Y las de menos consumo, inferior a 10TJ, que son la mayoría de las PYMES?

Para estas empresas “sin obligación legal” se considera positiva realizar la auditoria energética e implementar al menos una de las recomendaciones de la auditoría.

Actualmente la Autoridad Nacional está trabajando en la transposición de la nueva DEE y concretamente el Artículo 11, que se refiere a lo indicado más arriba.

Desde febrero Escan consultores energéticos, en colaboración con otras organizaciones, comienza a perfilar una iniciativa para las asociaciones industriales y de servicios, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea y la Autoridad Nacional, para abordar la desconexión entre los que son oportunidades y la decisión de actuación en el mundo empresarial.

 

Febrero, 2026